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Ayudas económicas en los casos de parto múltiple

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DOCUMENTACIÓN NECESARIA

IMPRESOS

- SOLICITUD DE AYUDAS ECONÓMICAS EN LOS CASOS DE PARTO MÚLTIPLE

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Las ayudas económicas que otorga MUFACE para estas contingencias son de dos tipos:

Subsidio especial por maternidad en caso de parto múltiple

Tienen derecho las/los mutualistas cuando se encuentren en los supuestos de hecho legalmente establecidos de alumbramiento, adopción o acogimiento.

Prestación de pago único por parto múltiple

Tienen derecho las/los mutualistas cuando se encuentren en los supuestos de hecho legalmente establecidos de alumbramiento y adopción.

Ambos tipos son de pago único y, en su caso, compatibles entre sí.

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· Beneficiarios
  • Subsidio especial por maternidad en caso de parto múltiple
    • En caso de parto: Cualquiera de los progenitores, en función de la opción escogida por la madre, en su caso.
    • En caso de adopción o acogimiento múltiples: Cualquiera de los adoptantes o acogedores, a elección de ambos. A falta de acuerdo, LA MADRE, en su caso.
  • Prestación económica de pago único, por parto múltiple
    1. Cualquiera de los progenitores o adoptantes, a elección de ambos. A falta de acuerdo: LA MADRE, en su caso. Debe tenerse en cuenta que:
      • Si el otro progenitor tiene derecho (por cualquier Régimen de S.Social) no puede ejercerlo.
    2. QUIEN TENGA A SU CARGO LA GUARDA Y CUSTODIA DE LOS HIJOS: Cuando los progenitores o adoptantes no convivan.
    3. LA PERSONA FÍSICA QUE LEGALMENTE HAYA DE HACERSE CARGO DE LOS HIJOS, cuando éstos queden huérfanos de ambos progenitores o adoptantes o sean abandonados. (Art. 25.3, R.D. 1335/2005, de 11 de Noviembre, por el que se regulan las prestaciones familiares de la Seguridad Social).

Asimismo, el acogimiento sólo constituye hecho causante para el subsidio especial.

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· Cuantías para el año 2010

- Subsidio especial por maternidad en caso de parto múltiple

Haber regulador en la fecha del hecho causante

X 42 días

X Nº hijos simultáneos menos 1

365 días


- Haberes reguladores anuales

- Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 (BOE nº 309, de 24 de diciembre)

Grupo/Subgrupo

Ley 7/2007

Haber regulador

Euros/año

A1

38.769,75

A2

30.512,77

B

26.718,88

C1

23.434,34

C2

18.540,45

E (Ley 30/84) y

Agrupaciones

profesionales

15.807,20


- Prestación económica de pago único por parto múltiple

Nº DE HIJOS SIMULTÁNEOS

Nº DE VECES DEL IMPORTE MENSUAL DEL S.M.I.
(Salario mínimo interprofesional)

IMPORTE EN EUROS

-R.D. 2030/2009, de 30 de diciembre (BOE nº 315 de 31 de diciembre)
Hechos causantes entre 01-01 y 31-12-2010

2

4

2.533,20

3

8

5.066,40

4 y más

12

7.599,60



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  • Nota.- S.M.I. para 2010: 633,30 euros/mes.