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Material Ortoprotésico
Muface incluye dentro de su cobertura un amplio abanico de prestaciones ortoprotésicas, cuyo contenido y alcance viene recogido en la Orden APU/2245/2005, de 30 de Junio, por la que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia sanitaria en la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado y se establece el procedimiento de financiación de bombas portátiles de infusión subcutánea de insulina (BOE nº 167, de 14 de julio). De acuerdo a lo anterior, la prestación de material ortoprotésico comprende:
En dicho Catálogo figura el importe máximo con el que se financiará su adquisición, que garantiza el acceso a la prestación, así como los plazos para su renovación, las exclusiones y limitaciones en razón de la edad de los pacientes y, en general, los requisitos para su concesión. · El derecho al reconocimiento de estas prestaciones prescribirá a los cinco años, a partir de la fecha de la factura. La prescripción se interrumpirá, además de por la reclamación ante la Mutualidad General, por las causas ordinarias establecidas en el artículo 1973 del Código Civil. · La documentación a aportar es la que se indica en los impresos de solicitud correspondientes. |
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